. 

.         "Los militares han firmado un contrato de responsabilidad ilimitada, por el cual se comprometen a cambio de un salario a morir cuando y donde su país les ordene". (John Keegan, uno de los mejores historiadores militares).

Portada

SECCIONES

Asociaciones
Derechos-debeR
Histórico
ISFAS
Ley C. Militar
Nuestra escala
Ordenación
Reserva
Residencias
Retirados
Retribuciones
Suboficiales
Trienios
Viviendas
SERVICIOS
B. O. D.
Congreso
Denuncias
Descargas
Enlaces
Fiscal
ForO
Legislación
Opina
GALERÍA
MULTIMEDIA
Fotos
Memo histórica
Películas
Revistas
otros
Contacto
Historia
Información
Torre
de
Hércules
Luz del Patrimonio 
A CORUÑA.

Patrimonio

de la

Humanidad,

desde 27/06/2009

Pincha encima de la foto.

Consejos

.

.

.

.

.

.

.

.

.

.

.

.

.Ministerio d Defensa en

..

.

el país

televisión

..

COLECTIVO

EXACAE

.

....

.

..

MAPA DE 

GALICIA

previsión del aumento del 
nivel del mar
desde
2007 a 22027, necesitas
  Google Earth
.

..

.

.

Adhiérase  

al

Manifiesto

por una

lengua común

Un grupo de escritores e intelectuales ha redactado un manifiesto para defender el castellano como lengua común de todos los ciudadanos españoles. Si lo desea, puede adherirse al mismo enviando este formulario o completando el boletín de adhesión que se publica en EL MUNDO, acompañando una fotocopia de su DNI, al número de Fax 912974798.

http://www.elmundo
.es/elmundo/
formularios/
2008/06/manifiesto
lenguacomun.html
..

 

 

 

 

 

 

.

.

Simulación de retribuciones personal funcionario y estatutario

Realizado por el Gabinete de estudios sindicales de C.S.I.T Unión Profesional.

Pincha aquí para ver más.

Tabla para el calculo del recorte desde el 1 de junio de 2010

Pincha aquí para ver la tabla.

Perdida salarial de los funcionarios desde 1982 a 2011

Año

IPC

%

Incremento

retribuciones

%

Pérdida

salarial

%

TOTAL

Conclusión

1982
1983
1984
1985
1986
1987
1988
1989
1990
1991
1992
1993
1994
1995
1996
1997
1998
1999
2000
2001
2002
2003
2004
2005
2006
2007
2008
2009
2010
2010
2011

2012

14,00
12,20
11,90
8,20
8,30
4,60
5,80
6,90
6,50
5,50
5,30
4,90
4,30
4,30
3,50
2,10
2,10
2,40
4,00
3,10
4,00
2,60
3,20
3,70
2,70
4,20
1,40
0,90
3,00
Media
2,40

-

8,00
9,00
6,50
6,50
7,20
5,00
4,00
4,00
6,00
7,22
6,10
1,80
0,00
3,50
3,50
0,00
2,10
1,80
2,00
2,00
2,00
2,00
2,00
2,00
2,00
2,00
2,00
2,00
0,30
Reducción
0,00

0,00

- 6,00
- 3,20
- 5,40
- 1,70
- 1,10
 
0,40
- 1,80
- 2,90
- 0,50
 
1,72
  0,80

- 3,10
- 4,30
- 0,80
 
0,00
- 2,10
 
0,00
- 0,60
- 2,00
- 1,10
- 2,00
- 0,60
- 1,20
- 1,70
- 0,70
- 2,20
  0,60
  1,10
- 2,70
- 5,00

- 2,40

-
de 1982 a 2011.
.
29 años.
.
IPC:
148.00 %.

.

Incremento retribuciones:
102,52%.
.
Pérdida salarial:
45,48% + 5% media.

 

Total: 50,48 %.

.

.

.

.

 

 

En 29 años:
Los funcionarios perdieron más de un 45,48% (+ 5% media, en 2010) de poder adquisitivo.
 

 

 

En 2009:
Para un sueldo de 1.100-1.200 euros (muchos funcionarios cobraban esto) deberían ganar entre 1.555 - 1.700 euros.
En cambio ese sueldo se quedaba, a partir del 1 de junio de 2010, entre 1.045 y 1.140 euros.
.

.

.

.

 
.
.
Pedea
enero 2012

Cuarta congelación

Esta congelación del salario de los empleados públicos de 2012 es la cuarta que se produce desde el comienzo de la democracia.
Antes de Mariano Rajoy también optaron por la misma medida Felipe González (en 1994), José María Aznar (1997) -con Rajoy como ministro de Administraciones Públicas- y José Luis Rodríguez Zapatero (2011).
Previamente, los funcionarios no percibieron el importe de la revisión salarial que reclamaban por la desviación de los precios registrada entre diciembre de 1991 y noviembre de 1992.

La primera congelación llegó en 1994 con Felipe González y Pedro Solbes.

El 15 de mayo de 1994, Solbes anunció que la congelación salarial para los funcionarios acabaría el año siguiente con un aumento de los sueldos según el IPC previsto.
El 16 de septiembre de 1994, el Consejo de Ministros aprobó el Acuerdo Administración-Sindicatos para el período 1995-1997, que contemplaba incrementos salariales para los funcionarios conforme a la previsión del IPC. Sin embargo, tras ganar el Partido Popular las elecciones generales de mayo de 1996, el Gobierno decidió el 19 de septiembre congelar de nuevo el salario de los empleados públicos para 1997.
 Los sindicatos respondieron el 11 de diciembre de 1996 con una huelga en la función pública, la primera que afrontó el Ejecutivo de José María Aznar.

El 23 de enero de 2001, la Audiencia Nacional sentenció en contra de la congelación, dictamen que fue recurrido por el Gobierno y, posteriormente, anulado por el Tribunal Supremo el 26 de febrero de 2002.
CC OO recurrió al Tribunal Constitucional cuyo fallo, dado a conocer en febrero de 2005, justificaba la decisión del Ejecutivo del PP de congelar el salario de los funcionarios al señalar que las circunstancias de 1996 y 1997 fueron "muy diferentes a las existentes en el momento de alcanzarse el acuerdo de 1994".
Tras conocerse la sentencia, CC OO presentó en julio de 2005 un recurso ante el Tribunal de Derechos Humanos de Estrasburgo.

.

Fue decretado por el Gobierno en mayo de 2010.

El Constitucional avala el recorte salarial a los empleados públicos

14062011 - Pincha aquí para ver más.

.

EL PSOE/PP, perdón el Constitucional, da la espalda a sus funcionarios.

¿A estos del Constitucional le afecta el recorte salarial?.

Y Ahora, ¿quién es el chulo que se pone a trabajar normalmente?.

.

DICHO SEA SIN NIGUNA CLASE DE RESPETO

Manifiesto del Sindicato de la Administración Pública contra el presidente del Gobierno y recurso sobre la disminución salarial (con pocas modificaciones se puede adaptar a nosotros).

01032011 - Pincha aquí para ver el manifiesto.                      Pincha aquí para ver el recurso.

.

Tabla de retribuciones personal FAS 2011

25022011 - Pincha aquí para ver la tabla.

.

desestimación de recurso sobre nóminas

La ministra de Defensa ha desestimado uno de los recursos sobre las nóminas de junio y siguientes del año 2010.

11022011 - Pincha aquí para ver el recurso.

.

MINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA

BOE núm. 318, de 31 de diciembre de 2010 - Real Decreto 1790/2010, de 30 de diciembre, sobre actualización de importes y determinación de pensiones de Clases Pasivas para el año 2011.

Pincha aquí para ver el BOE.

Pensión máxima bruta de Clases Pasivas para el año 2011:

Mediante la aplicación del 2,3 por ciento a la cuantía vigente en 31 de diciembre de 2009.

14 pagas de 2.497,91€ cada una.

Total bruto de 34.970,74€ anual.

Se estuvo cotizando para percibir un bruto anual de 39.273,76€.

.

Devengos anuales de un Comandante en reserva del año 2010

Nos vuelven a mentir.

Se observa que la bajada es de un 9,27% y no un 5% como dice Defensa más abajo.

Pincha aquí para ver los devengos a nuales.

.

Defensa aclara que la bajada de sueldo de los militares se quedará en el 5%

Pincha aquí para leer más.

.

Sueldos de los Mossos d´ esquadra

Pertenece a la nómina del mes de diciembre de 2010.

Pincha aquí para leer más.

Pincha aquí para leer el Diario Oficial de Generalitat Catalunya.

.

Nómina Ejército (A2) frente a Guardia Civil (C1)

Insertamos dos nóminas del año 2009, una pertenece a un Sargento del Ejército de Tierra (Grupo A2) y la otra a un Guardia Civil (Grupo C1).

Se observa que la nómina del Guardia Civil, no se incluyen el complemento de productividad y otros especificos de la GC, y aun así, es superior a la del Sargento en 53,83€.

Hemos buscado que las nóminas fueran lo más parecidas, por eso no se contemplan los trienios y la retención del IRPF es la misma del 16%.

La diferencia es significativa y en 2010 hay más diferencia entre la C1 y la A2.

En la nómina de los funcionarios civiles de la Administración hay una diferencia aun mayor.

Pincha encima para ver la

<----------- Nómina Sargento                      Nómina Guardia Civil ----------->

.

Lo que nos espera para 2011 en las pagas mensuales

Recortes paga extra diciembre de 2010:

Grupo A1 nivel 25

Grupo A2 nivel 25

Grupo C1

Grupo C2 

sobre 645€

unos 422€

entre 207 y 167€

entre un 3,69% y un 3,25%

Pincha aquí para leer más.

.

Audiencia Nacional

Recurso de inconstitucinalidad del recorte salarial de 2010.

Pincha aquí para leer más.

.

La Audiencia Nacional duda de si es constitucional el recorte a funcionarios

Pincha aquí para leer más.

.

Recurso impugnación de nómina de junio

La FAME comunica lo siguiente: "Amarte publicó en su revista (núm. 108 de julio) el recurso de impugnación de nómina de junio y adjunta un anexo con la tabla de pérdidas de poder adquisitivo desde 1982-2009 que fue realizado y publicado por PEDEA".

Pincha aquí para ver el recurso y el anexo.

..

Jurisprudencia de Sentencias sobre retribuciones consolidadas

"Sentencia del Tribunal Supremo, de 29/05/1995, adoptada en el Recurso de Casación nº. 1311/1992. 

Ver el Fundamento Jurídico 4º, que alude a otras dos Sentencias anteriores del mismo Alto Tribunal, del año 1.989, -Jurisprudencia Consolidada-, y a la que se remitió el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en la recentísima Sentencia de éste último de fecha 25/02/10 -Rec. 360/2007 -Ver Fundamento Jurídico 2º- de ésta última.
En suma, el Alto Tribunal dice en el F. J. 4º de la citada Sentencia, que los Poderes Públicos, -en nuestro caso el Gobierno- mediante Real Decreto Ley, que deberá ser aprobado por el Congreso <art. 86.2 de la Constitución>, recordemos que la norma debe tener rango de Ley-, pueden cambiar la estructura de las retribuciones como mejor le parezca, pero debe mantener el montante consolidado de las citadas retribuciones, mediante la técnica de los complementos  absorbibles por futuros aumentos. Es decir, que nos pueden congelar, como ya ha ocurrido en otras ocasiones, pero no pueden disminuir el montante consolidado de las retribuciones, pues ahí si que opera el concepto de derechos adquiridos, como avala la mencionada Sentencia del Tribunal Supremo.
Conviene hacerlo circular, porque el citado R. D.-Ley 8/2010, en lo que afecta a la bajada de las retribuciones de los funcionarios, huele a inconstitucionalidad; de momento, está en contra de los pronunciamientos reseñados del Tribunal Supremo en esta materia, que constituyen Jurisprudencia.
Pincha aquí para leer la Sentencia 1311/1992.

.

Simulación de retribuciones personal funcionario y estatutario

Realizado por el Gabinete de estudios sindicales de C.S.I.T Unión Profesional.

Pincha aquí para ver más.

.

Tabla para el calculo del recorte desde el 1 de junio de 2010

Pincha aquí para ver la tabla.

.

Rebaja salarial igual para todos

Lo más justos sería que el gobierno rebajara las retribuciones en un porcentaje igual para todas las escalas y grupos, es decir, cuando suben los salarios (a través de los Presupuestos Generales del Estado) lo hacen en un porcentaje igual para todos (este año 2010 en un 0,3%).

¿Por qué ahora no hacen lo mismo con la rebaja salarial? descontar un 0,3% a todos, o bien, coger 2010 (0.3%) y 2009 (2%) en total un 2,3% a todos.

.

Carta compensación por el exceso de horas diarias trabajadas.

Carta para remitir a los Grupos Parlamentarios con respecto a la compensación por el exceso de horas trabajadas diariamente por el personal de las Fuerzas Armadas.

Pincha aquí para descargar la carta.

..

Ley de Presupuestos generales del Estado para 2010

Capítulo II - De los regímenes retributivos.

Artículo 28 - Retribuciones de los funcionarios del Estado. (0,3%).

Artículo 29 - Retribuciones del personal de las Fuerzas Armadas.

Disposiciones adicionales.

Sexagésima segunda - Modificación de la Ley 39/2007, de la carrera militar.

Pincha aquí para leer más.

.

Retribuciones FAS 2009

BOE núm. 19, de 22 de enero de 2009.

MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA

Real Decreto 28/2009, de 16 de enero, por el que se modifica el Reglamento de retribuciones del personal de las Fuerzas Armadas, aprobado por el Real Decreto 1314/2005, de 4 de noviembre, se regula la prima por servicios prestados por el personal militar de complemento con un compromiso de larga duración, y se modifica el Real Decreto 1145/1990, de 7 de septiembre, por el que se crea el servicio de asistencia religiosa en las fuerzas armadas y se dictan normas sobre su funcionamiento.

Pincha aquí para leer más.

.

Tabla de retribuciones del personal de las FAS 2009

Tabla por empleos de las retribuciones y los descuentos de todo el personal de las Fuerzas Armadas para el año 2009.

Se necesita el programa OFFICE o EXCEL.

Pincha aquí para ver e imprimir.

.

MODIFICADO EL REGLAMENTO DE RETRIBUCIONES DEL PERSONAL DE LAS FUERZAS ARMADAS

La moncloa.es - 17012009.

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se modifica el Reglamento de Retribuciones del Personal de las Fuerzas Armadas, que recoge las modificaciones normativas comprendidas en las leyes de Presupuestos Generales del Estado para 2008, de la Carrera Militar y en la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, de 2007.

Este Real Decreto modifica diversos artículos del Real Decreto de 4 de noviembre de 2005, relacionados con el ámbito de aplicación, las retribuciones básicas o las de quienes eran militares de complemento a la entrada en vigor de la Ley de la Carrera Militar.

De esta manera, el nuevo Reglamento contempla a todo el personal que mantiene alguna vinculación con las Fuerzas Armadas, frente al Reglamento anterior que solo se refería al militar profesional. Asimismo, se modifican los grupos y subgrupos de clasificación para las retribuciones básicas, en concordancia con el Estatuto Básico del Empleado Público.

Militares de complemento

Respecto a las retribuciones de quienes eran militares de complemento a la entrada en vigor de la Ley de la Carrera Militar, la modificación del Reglamento de Retribuciones incorpora las siguientes novedades: los militares de complemento, desde el momento de la firma del compromiso de larga duración, percibirán trienios de acuerdo con su grupo de adscripción; se fija la asignación por disponibilidad que percibirán mensualmente a partir de los 45 años de edad y hasta cumplir los 65 años; y, en los casos en que no corresponda la asignación por disponibilidad, por carecer de los dieciocho años de servicios en las Fuerzas Armadas requeridas para ello, el militar de complemento tiene derecho a percibir una prima, que se calculará en función de su retribución y del tiempo de servicio. Tanto la asignación como la prima son compatibles con el trabajo remunerado.

Prima por pase a la reserva con carácter forzoso o anuente

Este reglamento establece la prima que recibirán los miembros de las Fuerzas Armadas que pasen a la reserva con carácter forzoso o anuente (quienes manifiestan su conformidad con pasar a la reserva siempre que sean indemnizados) antes de que cumplan el paso obligatorio a la reserva y siempre que el Ministerio ofrezca cupos en ese sentido de acuerdo a lo dispuesto en la Ley de carrera militar. La cuantía de esa indemnización está establecida según empleos y años de servicio, y se percibirá multiplicada por los años que resten de servicio hasta el paso obligatorio a la reserva. La prima equivale en todos los casos a la mitad de lo que se deja de percibir por pasar a la reserva.

Víctimas de violencia de género

Igualmente, de acuerdo con lo establecido en la Ley de la Carrera Militar, se determina que la mujer militar que solicite la excedencia voluntaria por violencia de género tendrá derecho durante los dos primeros meses de esta situación a percibir las retribuciones integras de su último destino.

Defensa

Además, para los militares que pasen a la reserva el nuevo Reglamento contempla la percepción de las mismas retribuciones que en servicio activo sin destino hasta cumplir la edad de 63 años. Hasta la entrada en vigor de la Ley de la Carrera Militar, el mantenimiento de las retribuciones de activo sin destino era sólo hasta los 61 años.

Comisión Superior de Retribuciones Militares

Tiene dos competencias nuevas: actualizar las cuantías de la prima por pase a la reserva con carácter forzoso o anuente, y aprobar los complementos específicos del personal del Servicio Religioso de las Fuerzas Armadas.

.

Defensa pagará 1200 euros al mes a los militares de complemento reservistas

ABC, 15 de enero de 2009.-

El Ministerio de Defensa prepara una reforma del reglamento de retribuciones del personal de las Fuerzas Armadas de inmediata aprobación por el Gobierno que supondrá mejoras salariales para algunos grupos de jefes, oficiales y suboficiales y, al mismo tiempo, permitirá al departamento introducir una mayor flexibilidad en las plantillas. Por primera vez se compensará económicamente a los mandos que se vean obligados a pasar a la reserva y, además, se facilitará la salida de los militares de complemento con una asignación que será compatible con el desempeño de un trabajo en la empresa privada.

El Gobierno empieza a complementar y paliar los efectos internos que tendrá la entrada en vigor de la nueva Ley de la Carrera Militar con medidas económicas compensatorias, corrientes en la empresa privada, para adaptar las necesidades de personal a los cambios de actividad o dimensión de la misma empresa.

En principio, los grandes beneficiados de la reforma del reglamento serán los militares de complemento, que proceden de otras carreras y, que si no pasan a las escalas propias de las FAS, suelen permanecer en los ejércitos al menos hasta los 45 años. A partir de este año podrán recibir después como reservistas una asignación mensual de unos 1.200 euros brutos hasta la edad normal de jubilación, siempre que cumplan el requisito principal de haber estado en filas un mínimo de 18 años. Esa paga tendrá además un tratamiento fiscal específico.

A los militares de complemento -actualmente casi 1.500- se les reconocerán por primera vez, a esos efectos, los trienios de antigüedad en el empleo que acumulen hasta el pase a esa situación de reserva especial. Para los afectados que no lleven los 18 años en filas habrá una prima o indemnización en el momento en que causen baja.

En Defensa aducen que, aunque la crisis económica haya forzado recortes presupuestarios en el departamento, era imprescindible facilitar a los militares de complemento su pase a la empresa privada y, al tiempo, garantizarse el tener en la reserva a un grupo de profesionales cualificados a quienes recurrir en caso de necesidad.

Mucho más compleja será la aplicación de una nueva medida para compensar a los jefes, oficiales y suboficiales que pasan a la reserva antes de la edad reglamentaria, los 61 años. Por primera vez, el citado reglamento establecerá unas primas o indemnizaciones para incentivar o compensar a los afectados por ese paso en su carrera. Como ejemplo, en medios de Defensa citan el caso de los tenientes coroneles, que podrán recibir unos 5.000 euros por cada año que adelanten su pase a la reserva a los 61 años. Los suboficiales recibirán alrededor de 1.200.

La Ley de la Carrera Militar ha reducido el número de coroneles en activo, por lo que habrá muchos tenientes coroneles que no podrán ascender.

.

Proyecto Real Decreto modificación retribuciones de las FAS

Os adjunto el proyecto de modificación del reglamento de retribuciones Militares, según el texto definitivo que, probablemente, apruebe el Consejo de Ministros del viernes 31 de octubre.

Expresamente impide la reclasificación de trienios para los beneficiados por la DT-10 de la Ley 39/2007 (EAUX-CAE), pero por primera vez crea privilegios para los que tengan que pasar a la Reserva con carácter forzoso o anuente (Tenientes Coroneles y Coroneles), que recibirán del orden 5.500 euros por cada año que se adelante su pase a la Reserva. Para disimular ponen también a Soldados ..., Sargentos ..., Subtenientes ..., etc., que nunca van a pasar a la Reserva con carácter forzoso (saldrá dos plazas y las pedirán, VOLUNTARIAMENTE, doscientos (y bien lo sabe el lobby que ha preparado el proyecto de modificación). Además ya tienen reconocido otro privilegio, los oficiales pertenecientes a escalas que lleguen a Coronel, tienen el derecho al ascenso al empleo superior en Reserva (DT-6ª de la Ley 39/2007, que colaron en el Senado). ¿Hay quien de más?. Dijo el Quijote: "¡Cosas veredes, Sancho, que harán temblar las paredes!". Pues bien, como sigan con tantos privilegios para los todavía miembros de la "escala superior"  no solamente van a temblar las paredes del ministerio de Defensa, sino sus cimientos y -lo que es peor- los de la institución militar, de las FAS. ¡He dicho! (y se puede publicar). 

Jesús Navarro Jiménez, en mi propia y exclusiva representación y responsabilidad.

Pincha aquí para leer el proyecto.

.

 
 

Portada
Asociaciones
B. O. D.

Contacto

Descargas
Histórico
Ley c. militar
Ordenación
Reserva
residencias
Retirados Viviendas
Enviar correo electrónico a info@pedea.org - admi@pedea.org - reda@pedea.org - foro@pedea.org  y fotos@pedea.org con preguntas, artículos, comentarios, fotos, etc.
Copyright © 2007-2012 - Plataforma en defensa de las Escalas Auxiliares.
       Todos los archivos de texto de esta página están en formato PDF. 
Página optimizada para Internet Explorer 5 o superior y resolución de 1.024x768.                                                    Última modificación: martes, 28 de febrero de 2012.