Historia del Cuerpo de Suboficiales, Escala Auxiliar y Cuerpo de Especialistas del Ejército de Tierra
Actualizado a 1 de enero de 2017.
Insertamos a continuación un resumen, por años, de todos los acontecimientos sucedidos y padecidos por los integrantes de la Escala Auxiliar y CAE del Ejército de Tierra.
En el caso de encontrar algún error u omisión remite un correo electrónico a reda@pedea.org para poder subsanarlo.
Este resumen sirve como recordatorio para que no se olviden los agravios y fraudes de Ley cometidos por nuestros políticos a los componentes de la EXACAE y a sus familiares.
01012017 – Pincha aquí para ver más.
Ley 46/2015, de 14 de octubre, por la que se modifica la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, de la carrera militar15102015 – | Más de 4.000 oficiales reclaman a Defensa su despacho desde 200806102014 – Pincha aquí para leer más |
Nota resumen del Colectivo EXACAE – Agradecimientos06072014 – | La Justicia vuelve a dar la espalda, al numeroso colectivo de militares de la Escala Auxiliar y Cuerpo Auxiliar de Especialistas09022014 – Pincha aquí para leer más. |
Culpables de la problemática de las EXACAELos culpables de lo acontecido con la Escala Auxiliar y CAE, son por este orden los siguientes:1º.- La Administración (MINISDEF-ET), por el DESVÍO DE VACANTES de la EAUX para otros cuerpos y escalas (principalmente escalas de complemento y especial), que se empezó a producir a partir de 1977, produciendo un gran retraso en los ascensos a Brigada y Teniente de los componentes de los cursos afectados.2º.- Y PRINCIPAL RESPONSABLE, Gobierno Socialista (Sr. González) por impulsar y aprobar la D.T. 5ª de la Ley 17/1989, que IMPIDIÓ ascender a Teniente a los afectados que contaban con el curso correspondiente aprobado, DESVIANDO todas las vacantes de Teniente de la EAUX para otros cuerpos y escalas (principalmente la escala media, anteriormente especial).3º.- Gobierno Popular (Sr. Arnaz), que parcheo el problema con la D.A. 8ª puntos 1 y 2 de la Ley 17/1999 y NO TUVO LA VALENTÍA de solucionar el problema heredado del Gobierno Socialista, de una forma definitiva y reconocer los empleos y antigüedades que les pertenecían a los afectados en situación de actividad, y que con la D.A. 10ª de la Ley 39/2007 recuperan con 14 años de retraso y en situación de reserva.4º.- Gobierno Socialista (Sr. Zapatero), que mediante argucias legislativas IMPULSÓ MEDIANTE UN FRAUDE DE LEY, que los afectados no recuperasen sus derechos (ajuste de trienios y tiempos para derechos pasivos desde la antigüedad reconocida para el empleo de Teniente, y con efectos económicos posteriores a la fecha de entrada en vigor de la Ley 39/2007, de acuerdo con lo dispuesto en el apartado 7 de la D.A. 10ª de dicha Ley, y la expedición de los correspondientes títulos de empleo), manteniendo el agravio y discriminación existente desde hace tantos años.5º.- Gobierno Popular (Sr. Rajoy), POR NO ELIMINAR hasta la fecha el fraude de Ley heredado del Gobierno socialista.Después de más de 25 años, todos de alguna manera son culpables de lo ocurrido, unos por crear los problemas y otros por mantenerlos y no tener la valentía de darle una solución definitiva, no se si esto se solucionará algún día pero el problema sigue latente y ya va siendo hora que se solucione de una vez, pues siempre confiamos que sería el Gobierno del Partido Popular el que lo solucionaría, si recuperaba el Gobierno. | Más de 35 años de agravios y fraudes de Ley a la EXACAEInsertamos las preguntas a la Mesa del Congreso de los Diputados Fernández de Mesa (12julio2010) y Centella (22febrero2012) y las respuestas de los Socialistas (27octubre2010) y Partido Popular (19abril2012).Como puede verse, en este sentido PP en el Gobierno = PSOE en el Gobierno, pues valiendo se una respuesta partidaria e interesada, sigue defraudando la Ley toda vez que no es de aplicación a este caso la doctrina fijada por la Sección 7 de la Sala 3ª de lo Contencioso Administrativo, del Tribunal Supremo, de 21 de enero de 2011, toda vez que son casos completamente distintos, pues el caso que nos ocupa, es que a los afectados se les reconoce que en una fecha determinada son tenientes, y el teniente en esas fechas estaba incluido en el grupo A (ahora subgrupo A-1), por lo que no se produce un cambio de grupo, sino un cambio de empleo, y por lo tanto los afectados desde esa fecha quedan incluidos en el grupo A (ahora A-1) al igual que el resto de tenientes de las FA,s, y lo que solicitan es que se les regulen los trienios en concordancia con la antigüedad y el empleo de Teniente, con efectos económicos de 01ENE08 o el que corresponda, tal como se dispone en el apartado 7 de la D.A. 10ª de la Ley 39/2007. Cosa contraria es lo resuelto por el Tribunal Supremo en el caso de trienios de Suboficial, toda vez que los Suboficiales con anterioridad a la entrada en vigor del Real Decreto Ley 12/1995 de 28 de diciembre, estaban incluidos en el grupo C (actual C-1) y lo que dictamina el T.S., es que no procede reclasificar los trienios que perfeccionaron los Suboficiales en el grupo C al subgrupo A-2, en el que están incluidos ahora, por suponer un cambio de grupo al que estaban en aquel momento.¿Cómo un ajuste de trienios en el Subgrupo A-1, desde la fecha de antigüedad reconocida para el empleo de teniente, con efectos económicos posteriores al 01ENE08, pueden producir efectos económicos anteriores a la entrada en vigor de dicha Ley (01-01-08), tal como nos quiere hacer creer el Gobierno y la Administración?, esto es increíble que pueda ocurrir en un Estado de Derecho serio. |
1944 – 2019
El 25 de noviembre de este año se cumplen 75 años de la creación de la Escala Auxiliar del Ejército de Tierra.
La Ley de 25 de noviembre de 1994 junto con la Ley de 22 de diciembre de 1955 fueron las mejores de la historia de nuestro Ejército para el personal del Cuerpo de Suboficiales.
Los gobiernos de turno y los legisladores del Estado de Derecho, impidieron ejercer durante muchos años (más de 35) los derechos de ascenso de las últimas promociones de esta Escala, cuyos componentes en la actualidad están en las situaciones de reserva y retiro, extinguiéndose definitivamente en 2021.
Solicitando apoyo para que se haga justicia al colectivo EXACAECOLECTIVO DE OFICIALES DE LAS ESCALAS AUXILIARES DE LAS ARMAS Y CUERPOS DEL ET, ASÍ COMO DE LOS DEL CUERPO DE ESPECIALISTAS (EXACAE).Adjunto carta y anexos de la Plataforma en defensa de la Escalas Auxiliares (PEDEA). Aprovechando esta circunstancia, hago un relato de los antecedentes de la injusticia que se ha cometido con el colectivo EXACAE, reconocida por algunos partidos políticos. Aunque es un poco largo, la lectura del mismo requiere un insignificante periodo de tiempo comparado con la longevidad del agravio.Las escalas de este colectivo fueron declaradas a extinguir en la DF 3ª de la Ley 13/1974. La DT 2ª.5 de la misma establecía que: “El Ministerio del Ejército, en función del número de Oficiales y Suboficiales de las Escalas a extinguir que pasen a las de nueva creación, fijará anualmente unos coeficientes de amortización de las vacantes que se produzcan, con objeto de que las posibilidades de ascenso del personal que opte por permanecer en las Escalas declaradas a extinguir sean similares a las existentes en el momento de entrada en vigor de esta Ley.” Esto no se cumplió ya que se fueron demorando los ascensos en relación con lo que ocurría en el aludido momento.Esta ralentización de los ascensos fue entendida por muchos como un incumplimiento de la administración de lo dispuesto en la citada DT 2ª.5 de la Ley 13/1974. Esto dio pie a numerosos recursos. Incongruentemente, recursos idénticos obtuvieron diferentes sentencias en función del Tribunal de Justicia ante el que se presentaron. Lo cierto es que varios miembros del colectivo vieron atendidas sus demandas. Dado que la administración no extendió el efecto de las sentencias a todo el colectivo, los que ganaron el pleito adelantaron en el escalafón a otros compañeros más antiguos, adelanto que se hizo con todas las consecuencias que ello comportaba: trienios, derechos pasivos, títulos de empleo…Hago un inciso en el relato para rogar a sus señorías que imaginen lo siguiente: acaban de realizarse las Elecciones Generales al Congreso y se ha hecho público el listado de las 350 personas designadas pero, de repente, una disposición establece que los elegidos y elegidas, aunque tuvieran las condiciones para acceder a sus escaños, serán diputados y diputadas en el crepúsculo de su vida laboral. Para más inri, solamente lo serán para estar en sus casas sin poder ejercer sus funciones.Pues bien, los militares del colectivo EXACAE de los últimos cursos no tienen que imaginar nada, realmente lo han sufrido. Les recuerdo la DT 5ª de la ley 17/89: “1. A partir de la entrada en vigor de la presente Ley no se producirán nuevos ascensos a las Escalas relacionadas en los apartados 2 y 3 de la disposición adicional sexta de la presente Ley. Los Brigadas y Subtenientes que tuvieran las condiciones para acceder a las mismas lo harán en el momento de su pase a la situación de reserva, si lo solicitan previamente.”Desgraciadamente, la ralentización de ascensos se truncó el algo mucho peor: la postergación definitiva en servicio activo, truncando la carrera de las últimas promociones de suboficiales que reunían las condiciones para ingresar en el referido colectivo, despreciando los esfuerzos realizados.El poder legislativo, tratando de enmendar los perjuicios ocasionados, al aprobar la Ley 17/1999, posibilitó el ingreso, pero no solucionó completamente el problema. En cambio, con esta ley, dicho poder fue muy generoso concediendo ascensos a militares que no reunían lo estipulado para ascender en la legislación vigente.El poder legislativo, de nuevo con encomiable voluntad, trató de enmendar definitivamente el conflicto con la DA 10ª de la Ley 39/2007, que dispone el reordenamiento de los escalafones del colectivo EXACAE, asignando empleos y antigüedades en función de las sentencias jurisdiccionales más favorables sobre ordenamiento de escalafones de cualquiera de estas escalas, posteriores a la entrada en vigor de la Ley 17/89. La propia Ley 39/2007 considera teórico este reordenamiento, pero solo durante un periodo de tiempo que concluye con la publicación del reordenamiento definitivo (BOD 214/2008). Si la reordenación definitiva se hubiese ejecutado fielmente, se habrían corregido, aunque tarde, los perjuicios, al margen del daño moral que no se compensará nunca Según el diccionario de la lengua española (RAE), definitivo/va significa que decide, resuelve o concluye. Este significado está muy claro, pero la Administración parece no entenderlo; no puede ser otro que: a partir de la fecha en la que cada miembro del colectivo se incorpore a las posiciones del nuevo escalafón, éste tiene carácter definitivo para él. En consecuencia, se debería conceder el carácter decisorio, resolutorio o concluyente de los derechos inherentes a los empleos militares de la nueva reordenación.Para concluir, la modificación de los tiempos de perfeccionamiento de trienios y derechos pasivos, así como la expedición de oficio (no a instancia de parte) de los títulos de empleo, no se debe hacer en función del reordenamiento teórico, que fue pasajero, sino en función del reordenamiento definitivo, que de ninguna forma es irreal y ficticio para el que sepa leer y comprender lo que lee. Por si no está claro, que se respeten las nuevas antigüedades de la reordenación definitiva a todos los efectos.En definitiva, solicito su apoyo para que se haga justicia al colectivo EXACAE; algo que debería haber tenido prioridad sobre la concesión de ascensos a algunos militares sin reunir los requisitos exigidos. No se debería regalar a unos lo que ha costado un esfuerzo a otros.Sin otro particular, reciba un cordial saludo de 05112018 – R.M.B.P.